El anterior decreto decía:
"toda entidad con o sin personalidad jurídica, que incluya en su objeto social la adquisición de inmuebles, tendrá limitada la adquisición de una vivienda..."
El actual dice:
"toda entidad con o sin personalidad jurídica dedicada a adquirir inmuebles o carteras de préstamo hipotecarios impagados por un precio claramente inferior a su valor de tasación de mercado, así como las personas jurídicas que ostenten la condición de gran tenedor conforme a la legislación estatal de vivienda o las entidades integradas en su mismo grupo o que actúen por su cuenta..."
La redacción es una chapuza pero está acotando a grandes tenedores y empresas especializadas en comprar carteras de créditos NPL o inmuebles por precio "claramente inferior"
Parece obvio que lo que pretenden es limitar las compras a fondos, vehículos de inversión y similares, no a todas las empresas con actividad inmobiliaria.
No obstante, como buena chapuza que es, no se sabe con absoluta certeza ni quién ni cómo debe de interpretar esa limitación.
Pero el "objetivo" parece obvio, es no incluir a todas las empresas inmobiliarias en el mismo saco.
Replying to @subastracker
Hola Pablo a qué te refieres por inversores retail? Que tengan menos de 10 viviendas? Yo he interpretado que si te dedicas a la actividad de compraventa aunque tengas una sí que estás limitado.. Gracias por tu respuesta
Esta es una de las mejores noticias de los decretazos
Si no estás considerado como gran tenedor, o eres una empresa de inversión especializada en comprar carteras, etc...
No te afecta esta medida
Los inversores retail vamos a poder seguir comprando con los mismos descuentos de siempre
Lo que no se han dado cuenta es que los fondos no compran viviendas, ya las han comprado mediante deuda en bloque, lo que hacen es venderlas...
El impacto de estas limitaciones de compra va a ser totalmente irrelevante
Replying to @JFV92 @LegalMalvado
El decreto no exige tasación ECO, solamente que sea de empresa independiente homologada por Banco de España, de hecho los fondos hacen este tipo de tasaciones sin visita interior de forma recurrente
Por otro lado esa limitación y necesidad de aportar tasación sólo afecta a los compradores incluidos en el 1.1, es decir, grandes tenedores y empresas especializadas.
El comprador particular o inversor convencional va a poder seguir comprando exactamente de igual modo
Y por supuesto que existen esos descuentos, y bastante más
Ya tenemos publicados los nuevos decretazos
Fresquitos en el BOE con buen aroma a fraude de Ley pero aquí están.
Lo que nos ocupa: estos "nuevos decretos modificados" aclaran algo más la figura de "fondo buitre"
Y básicamente vienen a limitar las compras por debajo del 70% a grandes tenedores y empresas especializadas que compren carteras, etc. A nadie más
No está definido exactamente pero ahora acota mucho más ya que los decretos anteriores eran demoledores y metían a cualquier sociedad en el mismo saco
Conclusión: esquivamos esa bala con mínimos daños y seguimos navegando
A los inversores "minoristas" a los que somos artesanos... no nos va a afectar en prácticamente nada en nuestra operativa de compra de créditos NPL y subastas
Hay algunas otras cuestiones a vigilar, pero esas ya las controlábamos antes de estos decretos, así que nada nuevo.
Seguimos rastreando 🕵️♂️
No se convalidan los decretos de vivienda en las cortes, las cuales se supone que representan la mayoría democrática de este país
El gobierno decide utilizar una artimaña legal para intentar aprobarlos "por la puerta de atrás"
Sólo me imagino qué hubiese pasado si esta jugada la hubiese hecho un partido de "la derecha"
Es todo surrealista
Son los mejores, esta no la vimos venir
Nos vamos enfundando los chalecos antibalas y que sea lo que Dios quiera...
🔴 ÚLTIMA HORA | El Consejo de Ministros aprobará mañana los decretos de vivienda para que los vote la Diputación Permanente elpais.com/espana/2026-10-05…
Pablo | NPL y Subastas retweeted
Basta con leer el art. 2.1 del nuevo RDL de vivienda para saber que es una Ley que acaba con la seguridad jurídica y va a ser fatal para el mercado de alquiler. Y es que NO SE ENTIENDE. Sigo en hilo
Vamos a partir de la base de que sigo pensando que NO se va a convalidar nada gracias a Junts
Pero es que si aprueban este despropósito total la única forma de invertir en inmobiliario a precios reducidos va a ser mediante subasta o compra de créditos NPL
Para nuestra actividad hay varios agujeros que se les han colado y veo algunas aristas en el Decreto, pero no nos pondremos a analizar esto como es debido si no se aprueba mañana
Y esperemos que no vaya a pasar
Nosotros seguiremos invirtiendo, pero para el mercado convencional inmobiliario es demoledor, y directamente te cargas el mercado de alquiler
A mi me van a tener que explicar dónde pretenden meter a millones de inalquilables
Salvo que la idea sea que el ciudadano soporte esa presión habitacional mediante okupaciones, que es a quien realmente están defendiendo. O que pretendan fomentar las mafias de alquiler de habitaciones, los alquileres en negro, etc.
Seguimos mirando desde la barrera a la espera de novedades
Estudiando un crédito NPL:
xxxx/2013 en el JPI xx de Barcelona
Procedimiento de 2013, pedimos explicaciones y nos dicen:
"la abogada contraria lleva muchos años suspendiendo vistas de oposición alegando enfermedad"
Pero en qué país vivimos?
Cómo es posible esta situación?
Acompáñame en este viaje judicial....
Auto despachando ejecución en Mayo 2026
El deudor pide justicia gratuita, no es notificado y por lo tanto se paraliza el procedimiento 3 meses
Septiembre se persona con procurador y le notifican
Presenta recurso y se fija vista para el 27 de Marzo........ ¡¡¡ de 2028 !!!!
No es ciencia ficción, es un juzgado de la provincia de Cádiz
Durante los últimos meses no he publicado apenas nada
Se puede pensar que es por falta de actividad, pero la realidad es totalmente la contraria
Cada vez estoy más cómodo con los colegas inversores con los que trabajo y no pretendo aumentar la cartera de clientes
Mi foco sigue estando en mis propias inversiones , en trabajar con estos inversores y en la formación en créditos NPL tanto para inversores como para profesionales
Pero estos meses de "ausencia" esconden algo mucho más profundo
En unas pocas semanas tendremos la actualización más grande que nunca hayamos tenido tanto en Subastracker como en NPLPRO
Más que una actualización será un rediseño total
En 2023 fuimos pioneros como "Rastreadores de Subastas"
En 2026 volveremos a innovar, el mundo y la tecnología ha cambiado tanto en estos 3 años que te ve a explotar la cabeza con lo que estamos preparando
Los iremos contando por aquí
Nos leemos!
Feliz año nuevo judicial! 🎉
No hay nada como empezar el nuevo curso judicial pagando una tasa de subasta
Un crédito NPL que en breve se acabará subsanando y recuperaremos una nueva vivienda para el tráfico inmobiliario habitual
Una vivienda más en el mercado
Uno de los mayores mitos y errores en la inversión en créditos NPL es creer que se van a poder conseguir mayores descuentos por tratarse de un "juzgado lento" o porque el expediente está en una fase inicial
La realidad es que ese no es un argumento sólido para negociar con un fondo y es incluso contra producente para una buena negociación
Si te interesa esta modalidad de inversión puedes invertir con criterio desde NPLPRO.ES
Gracias Ayuso por considerarnos jóvenes hasta los 50 años, jovenzuelos en busca de su primera vivienda
Los 50 son los nuevos 30... O eso dicen...
Como ejecutante del NPL puedo tener diversas estrategias en relación a las pujas
Desde aquí agradecemos a todos los que contribuyen a que dichas pujas sean cada vez más altas
Estamos encantados de que haya postores que se conformen con descuentos del 15-20% sobre el precio de mercado










